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Para aplicar en las listas de interinos para nombramientos a partir de la última semana agosto, o de su publicación para este curso, si se llega a realizarse la modificación. 1) Que pasen al bloque 2 los nombrados entre el 1 de abril y el 30 junio, realmente, el último nombrado es sobre 9-10 junio. 2) Que los Aptos no seleccionados en oposiciones, componetes, tanto del bloque 3 como no componentes de la lista de empleo, se aplique ya el artículo 2 en lo referente al bloque 2, es decir que pasen al bloque 2, antes del 1 de septiembre y estén disponibles para los nombramientos diarios desde 1 septiembre. 3) el orden de incluir en el bloque 2 - detrás de los que ya están ya en el bloque 2 - primero los que tienen tiempo servicio, el adquirido a partir del 1 abril, por el orden que tienen. - a continuación, los Aptos no seleccionados ordenados por la calificación Únete al grupo de telegram https://t.me/DoCan_Grupo |
Sería necesario modificar el artículo 2 y 3 de la Orden de listas de empleo de agosto de 2021.
Creo que la propuesta que realizo es de mejora y sale beneficiado la gestión, con más gentes, y sería adelantar un curso a la actualización anual, regulada por el artículo 2, de una parte de las listas de empleo.